GURELUR - Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural
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Organización sin ánimo de lucro
Año de fundación: 1991
Ámbito de actuación: Navarra
Esta decisión, sin precedentes en España, supone desmontar la principal actuación en materia ambiental acometida por el Departamento de Itziar Gómez y deja en entredicho su nefasto y peligroso papel, cuando pretendía desproteger al 74% de las especies catalogadas de Navarra. Así, especies tan importantes como el lobo, vuelven a estar catalogadas en la Comunidad foral, y es requisito legal aprobar su plan de recuperación. Aunque Gurelur y Ascel hemos conseguido esta trabajada victoria, no podemos bajar la guardia, ya que sigen en sus puestos los técnicos que sin pestañear dejaron sin protección a la fauna foral y si pueden lo volverán a hacer.
ASCEL (Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo ibérico), en colaboración con GURELUR presenta una demanda el 18/12/2019 ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra contra el Decreto Foral 254/2019 por el que se generaban el Listado Navarro de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, así como los Catálogos de Especies de Flora y Fauna Amenazadas de Navarra. Esa norma (octubre de 2019) pretendía sustituir la legislación foral previa de 1995 y 1997 que recogía los Catálogos de Especies de Flora y Fauna Amenazadas de Navarra. Dado que la norma ahora anulada suponía una ostensible degradación del esquema de protección de especies y un retroceso sobre el marco y el conocimiento real vigente de la biodiversidad, tanto GURELUR como ASCEL decidieron actuar y llevar a los Tribunales al Gobierno Foral para evitar este retroceso ambiental que suponía el Decreto Foral 254/2019.
El Catálogo derogado redujo a dos las categorías de protección según el grado de amenaza (“Vulnerable” y “En peligro de extinción”) cuando la vigente Ley Foral 2/1993 de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, recoge cinco categorías distintas, que ordenadas jerárquicamente son: “En peligro de extinción”, “Sensibles a la alteración de su hábitat”, “Vulnerables”, “Extinguidas” y “De Interés Especial”. Las categorías suprimidas comprendían el 74% de las especies protegidas del anterior Catálogo (16 especies en la categoría de “Sensibles a la alteración de su hábitat”, 3 especies en la de “Extinguidas” y 77 especies “De interés especial”) eliminando por tanto las obligaciones administrativas que emanan de la catalogación de las especies efectuada en 1995 y 1997, como son la aprobación y ejecución de planes de gestión y/o recuperación de dichas especies catalogadas. Es decir, el Gobierno de Navarra pretendía aprobar legislación que le permitiera evadir compromisos legales previos que ha venido sistemáticamente incumplimiento, mirando hacia otro lado y aprobando una legislación insuficientemente justificada, legal y técnicamente, a juicio de los demandantes.
La Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, sigue plenamente vigente, por lo que, la Administración de la Comunidad Foral está obligada a su cumplimiento en todos sus aspectos y, por lo tanto, tiene la obligación de elaborar una protección (listado / catálogo) conforme a esta Ley Foral. Así, el TSJ de Navarra, en sentencia 102/2021 (adjunta, 31/03/2021), estima la demanda presentada por GURELUR, declarando la nulidad del Decreto Foral, dado que “la vulneración del principio de jerarquía normativa vicia de nulidad al Decreto Foral recurrido”.
A pesar de la manifiesta ilegalidad en la que ha incurrido la Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente al aprobar un Decreto Foral que iba en contra de la legislación foral propia, el Gobierno de Navarra ha recurrido la sentencia, siendo a nuestro entender, una decisión arbitraria y vergonzosa, carente de sentido común, que demuestra la inquina y el mal hacer de la Consejería del gremio ambiental. En vez de encajar la corrección que ha recibido en los Tribunales en materia de biodiversidad, y realizar propósito de enmienda, y fomentar la necesaria protección de nuestra biodiversidad, prefiere despilfarrar recursos públicos.
En todo caso, ASCEL y GURELUR confían en el fracaso de este intento, con escasas perspectivas, dado el fallo, y continuará velando por el interés público y la biodiversidad en Navarra, ante las carencias del Gobierno Foral, sin norte ni criterio válido en estas funciones.
© GURELUR, 2012
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