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(0) 16/07/2021 12:44h

El TSJ de Navarra anula el Decreto Foral 254/2019 de protección de especies, gracias a las acciones judiciales de GURELUR y ASCEL

En peligro de extinción por su culpa
En peligro de extinción por su culpa

Esta decisión, sin precedentes en España, supone desmontar la principal actuación en materia ambiental acometida por el Departamento de Itziar Gómez y deja en entredicho su nefasto y peligroso papel, cuando pretendía desproteger al 74% de las especies catalogadas de Navarra. Así, especies tan importantes como el lobo, vuelven a estar catalogadas en la Comunidad foral, y es requisito legal aprobar su plan de recuperación. Aunque Gurelur y Ascel hemos conseguido esta trabajada victoria, no podemos bajar la guardia, ya que sigen en sus puestos los técnicos que sin pestañear dejaron sin protección a la fauna foral y si pueden lo volverán a hacer.
 

ASCEL (Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo ibérico), en colaboración con GURELUR presenta una demanda el 18/12/2019 ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra contra el Decreto Foral 254/2019 por el que se generaban el Listado Navarro de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, así como los Catálogos de Especies de Flora y Fauna Amenazadas de Navarra. Esa norma (octubre de 2019) pretendía sustituir la legislación foral previa de 1995 y 1997 que recogía los Catálogos de Especies de Flora y Fauna Amenazadas de Navarra. Dado que la norma ahora anulada suponía una ostensible degradación del esquema de protección de especies y un retroceso sobre el marco y el conocimiento real vigente de la biodiversidad, tanto GURELUR como ASCEL decidieron actuar y llevar a los Tribunales al Gobierno Foral para evitar este retroceso ambiental que suponía el Decreto Foral 254/2019.

El Catálogo derogado redujo a dos las categorías de protección según el grado de amenaza (“Vulnerable” y “En peligro de extinción”) cuando la vigente Ley Foral 2/1993 de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, recoge cinco categorías distintas, que ordenadas jerárquicamente son: “En peligro de extinción”, “Sensibles a la alteración de su hábitat”, “Vulnerables”, “Extinguidas” y “De Interés Especial”. Las categorías suprimidas comprendían el 74% de las especies protegidas del anterior Catálogo (16 especies en la categoría de “Sensibles a la alteración de su hábitat”, 3 especies en la de “Extinguidas” y 77 especies “De interés especial”) eliminando por tanto las obligaciones administrativas que emanan de la catalogación de las especies efectuada en 1995 y 1997, como son la aprobación y ejecución de planes de gestión y/o recuperación de dichas especies catalogadas. Es decir, el Gobierno de Navarra pretendía aprobar legislación que le permitiera evadir compromisos legales previos que ha venido sistemáticamente incumplimiento, mirando hacia otro lado y aprobando una legislación insuficientemente justificada, legal y técnicamente, a juicio de los demandantes.

Llegará el día que no queden buitres
Llegará el día que no queden buitres

La Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, sigue plenamente vigente, por lo que, la Administración de la Comunidad Foral está obligada a su cumplimiento en todos sus aspectos y, por lo tanto, tiene la obligación de elaborar una protección (listado / catálogo) conforme a esta Ley Foral. Así, el TSJ de Navarra, en sentencia 102/2021 (adjunta, 31/03/2021), estima la demanda presentada por GURELUR, declarando la nulidad del Decreto Foral, dado que “la vulneración del principio de jerarquía normativa vicia de nulidad al Decreto Foral recurrido”.

A pesar de la manifiesta ilegalidad en la que ha incurrido la Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente al aprobar un Decreto Foral que iba en contra de la legislación foral propia, el Gobierno de Navarra ha recurrido la sentencia, siendo a nuestro entender, una decisión arbitraria y vergonzosa, carente de sentido común, que demuestra la inquina y el mal hacer de la Consejería del gremio ambiental. En vez de encajar la corrección que ha recibido en los Tribunales en materia de biodiversidad, y realizar propósito de enmienda, y fomentar la necesaria protección de nuestra biodiversidad, prefiere despilfarrar recursos públicos.

En todo caso, ASCEL y GURELUR confían en el fracaso de este intento, con escasas perspectivas, dado el fallo, y continuará velando por el interés público y la biodiversidad en Navarra, ante las carencias del Gobierno Foral, sin norte ni criterio válido en estas funciones.

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