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GURELUR
recurre la Ley de Intervención para la Protección Ambiental
El
Gobierno de Navarra pretende derogar un Decreto estatal para permitir y
legalizar proyectos empresariales ubicados a menos de 2.000 metros de
los núcleos habitados, entre otras dejaciones ambientales.
Gurelur
ha recurrido la denominada Ley Foral de intervención para la
protección ambiental, recientemente publicada por el Gobierno de
Navarra, por ir en contra de la normativa estatal que regula las
actividades susceptibles de ocasionar afecciones al medio ambiente y a
la salud de las personas.
El
motivo inicial del recurso presentado es la disposición adicional
tercera de la citada Ley, que pretende que en Navarra no sea de
aplicación el Real Decreto 2414/1961 sobre Actividades Molestas,
Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), cuando el Gobierno de
Navarra, y el Departamento de Medio Ambiente, autor de este
despropósito legal y ambiental, saben que este Real Decreto es
legislación básica de obligado cumplimiento en todo el Estado,
incluida nuestra Comunidad, aspecto este corroborado por una reciente
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Entendemos
que la intención del Gobierno de Navarra de eliminar el RAMINP es
evitar los problemas legales que les causa la implantación de
industrias nocivas y peligrosas a distancias inferiores a 2.000 metros
del núcleo habitado más próximo, aspecto este recogido en el
artículo 4º del citado Reglamento. En esta situación se hallan muchas
actividades industriales de Navarra, con el beneplácito del
Departamento de Medio Ambiente.
Este
tema tan importante de la Ley recurrida, así como otros de aspecto
claramente permisivos con las actividades susceptibles de originar
problemas ambientales, se ocultaron por el Departamento de Medio
Ambiente a los miembros del Consejo Navarro de Medio Ambiente,
comportamiento acorde con la falta de respeto que está demostrando la
nueva Consejería con los que trabajamos por el medio ambiente navarro.
Además
del despropósito recurrido, esta Ley se ha redactado con la única
intención de facilitar, en el sentido más obsceno de la palabra, los
trámites y las condiciones ambientales de las empresas que desarrollen
proyectos susceptibles de causar daños al medio ambiente y a la salud
de las personas. Muchas actividades industriales y productivas tendrán
a partir de ahora menos controles ambientales, con el consiguiente
deterioro para el medio ambiente.
Gurelur
ha presentado también una denuncia ante el abogado del Estado, ante el
Fiscal de Medio Ambiente y ante la Defensora del Pueblo, manifestando en
ella la ilegalidad de lo recogido en esta Ley Foral y solicitando la
puesta en marcha de los mecanismos legales pertinentes para evitar este
despropósito legal y ambiental y para depurar las responsabilidades
legales en las que hayan podido incurrir sus promotores.
Tras
la presentación de las citadas demandas, Gurelur está estudiando
pormenorizadamente el texto íntegro de la Ley Foral para confrontar
cada uno de sus artículos con las leyes estatales y europeas que, por
mucho que se empeñe el Gobierno de Navarra y el Departamento de Medio
Ambiente, son de obligado cumplimiento en Navarra. La transposición de
una ley europea o estatal a la normativa autonómica puede ser más
restrictiva, pero nunca más permisiva.
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